Responsabilidad civil
Quien causa un daño a otro está obligado a repararlo. El Código Civil distingue entre la responsabilidad contractual, derivada del incumplimiento de una obligación, y la extracontractual, nacida de una acción u omisión culposa o negligente sin vínculo contractual previo.
En ambos casos corresponde a quien reclama acreditar el daño, su cuantía y la relación de causalidad con la conducta del responsable, por lo que una adecuada preparación de la prueba resulta determinante.
Materias
Responsabilidad civil contractual Art. 1101 CC
Los daños que sufre una parte porque la otra no cumple, o cumple mal, lo que se comprometió a hacer en un contrato.
- Defectos en obras y reformas.
- Servicios profesionales prestados de forma negligente.
- Daños por entregas defectuosas o tardías.
Cómo trabajo. Acredito el incumplimiento, cuantifico el daño, con informe pericial cuando es necesario, y reclamo primero de forma extrajudicial.
- 1IncumplimientoPrestación defectuosa o tardía
- 2Prueba del dañoInforme pericial si es necesario
- 3ReclamaciónExtrajudicial en primer lugar
- 4IndemnizaciónDaño emergente y lucro cesante
Responsabilidad civil extracontractual Art. 1902 CC
Los daños causados por culpa o negligencia sin que exista un contrato previo entre las partes.
- Caídas en la vía pública o en establecimientos.
- Daños por filtraciones y humedades entre vecinos.
- Daños causados por animales.
- Accidentes de tráfico.
Cómo trabajo. Reúno desde el principio la prueba del daño y de su causa: informes médicos, fotografías, testigos y peritos.
- 1DañoCulpa o negligencia de un tercero
- 2PruebaInformes, fotografías y testigos
- 3ReclamaciónExtrajudicial o judicial
- 4IndemnizaciónReparación del perjuicio
Reclamaciones a aseguradoras Ley de Contrato de Seguro
Cuando la aseguradora rechaza el siniestro, retrasa el pago u ofrece una indemnización inferior a la que corresponde.
- Indemnizaciones por lesiones en accidentes de tráfico, según el baremo legal.
- Siniestros del hogar y de comunidades.
- Intereses por demora de la aseguradora en el pago.
Cómo trabajo. Reviso la póliza y la oferta recibida, y negocio o reclamo judicialmente la cantidad que realmente le corresponde.
- 1SiniestroComunicación a la aseguradora
- 2Oferta o rechazoRevisión de la póliza
- 3NegociaciónValoración real del daño
- 4DemandaCon intereses por demora de la aseguradora
Cómo planteo el asunto
Antes de proponer una estrategia, analizo con detalle, entre otras circunstancias:
- La naturaleza contractual o extracontractual de la responsabilidad.
- La prueba del daño y de la relación de causalidad.
- La valoración económica del perjuicio, con apoyo pericial cuando sea necesario.
- La existencia de seguro y la acción directa frente a la aseguradora.
- La posible concurrencia de culpas.
Información general y orientativa. La solución jurídica depende de las circunstancias de cada caso y no sustituye al asesoramiento profesional.